Informa nuevas disposiciones legales que aplican a la difusión de mensajes radiales (artículo 131, Código de Aguas)


 

Con fecha 15 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial la resolución DGA (Exenta) N°1.235 de 24 de abril de 2015, que establece nuevo texto de resolución que determina las radioemisoras y demás condiciones para la difusión de los mensajes radiales previstos en el artículo 131, inciso 4°, del Código de Aguas. Mediante el mismo documento se deja sin efecto la resolución DGA (Exenta) N°3.110, de 27 de noviembre de 2014.

En el caso de las solicitudes presentadas durante la vigencia de la Resolución DGA N°3.110 (Exenta), de 27 de noviembre de 2014, se aplicará la nueva resolución, cuando produzca consecuencias favorables para los titulares de las solicitudes y no lesionen sus derechos.

 

Descargue aquí la resolución DGA (Exenta) N°1.235 de 24-04-2015


Para conocer el listado de concesiones vigentes que brindan el servicio de radiodifusión sonora en una determinada localidad, puede acceder mediante dos fuentes de información:

 

  • Archivo Excel con detalle de concesiones vigentes de Amplitud Modulada, Mínima Cobertura, Frecuencia Modulada y Onda Corta.

  • Archivo KMZ con detalle de zonas de servicios concesiones FM (requiere tener instalado el software Google Earth)

 

Para descargar estos archivos, visite la página web de la Subsecretaría de Telecomunicaciones

 

Tenga presente que para acreditar el cumplimiento de las normas establecidas en la resolución DGA (Exenta) N°1.235 de abril de 2015, deberá presentar un certificado suscrito por el representante legal de la radioemisora correspondiente, en el que conste que el aviso fue difundido a lo menos tres veces, con indicación de la hora, día, mes y año de cada emisión, del texto efectivamente difundido; y del nombre, frecuencia, domicilio y zona de servicio del medio radial.

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