Ministerio de Obras Públicas decreta escasez hídrica en 14 comunas de la Región de Coquimbo

La medida busca asegurar el abastecimiento de agua potable para la población e implementar medidas de emergencia para apoyar a la ciudadanía afectada por la sequía.

11-11-2015 20:00:00 Dirección General de Aguas

Ministerio de Obras Públicas  decreta escasez hídrica en 14 comunas de la Región de Coquimbo

El Ministro de Obras Públicas,Alberto Undurraga, firmó este martes 10 de noviembre el decreto que declaracomo zona de escasez hídrica por un período de seis meses a catorce comunas dela Región de Coquimbo.

La medida considera a las comunas deLa Higuera, La Serena, Coquimbo, Paihuano, Vicuña, Río Hurtado, Ovalle,Punitaqui, Combarbalá, Monte Patria, Illapel, Salamanca, Los Vilos y Canela.

Esto, con el objetivo de asegurar elabastecimiento de agua potable para la población e implementar medidas deemergencia para apoyar a la ciudadanía, especialmente respecto de lasresoluciones en que se autoriza a la Dirección de Obras Hidráulicas del MOPa hacer sondajes y a extraer aguas de pozos de emergencia, principalmenteaquellos vinculados a sistemas de Agua Potable Rural (APR).

La declaración de escasez hídrica setoma de acuerdo a la solicitud realizada por el Intendente de dicha región,Claudio Ibáñez, y tras un informe técnico de la Dirección General de Aguas delMOP que explica que a pesar de que en la región las precipitaciones seacercaron este año a valores normales y que la nieve acumulada permite preverun aumento de los caudales de los ríos,  así como un mayor almacenamientode los embalses de regulación existentes, la zona ha estado sometida a unaescasez hídrica prolongada, la que se refleja en los actuales niveles de aguassubterráneas de pozos de APR, que aún presentan tendencia a la baja y no hanlogrado recuperar sus niveles pasados.

De acuerdo a la normativa vigente,la Dirección General de Aguas del MOP podrá distribuir las aguas disponibles enlas fuentes naturales, con el objeto de reducir al mínimo los daños derivadosde la sequía.  Igualmente, podrá suspender las atribuciones de las Juntasde Vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes naturales queestén comprendidas dentro de la zona de escasez.

La DGA también podrá autorizarextracciones de aguas superficiales o subterráneas desde cualquier punto, sinnecesidad de constituir derechos de aprovechamiento de aguas y sin lalimitación del caudal ecológico mínimo establecido en el artículo 129 bis 1 delCódigo de Aguas.

La medida establece además que enlas corrientes naturales o en los cauces artificiales en que aún no se hayanconstituido organizaciones de usuarios, la Dirección General de Aguas podrá, apetición de terceros, hacerse cargo de la distribución.

En la actualidad también seencuentran con decreto de escasez todas las provincias de la Región delMaule;  la cuenca del Huasco, en la Región de Atacama; y la comuna dePutaendo, en la Región de Valparaíso.

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