DGA Maule ordena paralización de labores a empresa que extrae áridos en el sector Punta de Lobos del río Maule

La empresa Comercial HDM SpA no cuenta con las autorizaciones para realizar dicha actividad. La paralización de obras regirá mientras dure la investigación y sea resuelta.

27-03-2024 11:00:00 Dirección General de Aguas

DGA Maule ordena paralización de labores a empresa que extrae áridos en el sector Punta de Lobos del río Maule

Durante la jornada del 19 de marzo pasado, la Dirección General de Aguas de la región del Maule, a través de su Unidad de Fiscalización y Medio Ambiente, notificó y ordenó la inmediata paralización de labores de extracción de áridos a una empresa que opera en el río Maule, sector Punta de Lobos, en la comuna de Constitución.

Esta medida se aplicó en función al artículo 129 bis 2 del Código de Aguas y es parte de un proceso de fiscalización iniciado recientemente por DGA Maule en contra de la empresa Comercial HDM SpA, el cual seguirá su tramitación para determinar eventuales infracciones al Código de Aguas en ésta y otras materias.

La directora regional de Aguas, Carolina Ríos, indicó que “sin perjuicio de los procesos de fiscalización en curso, el Código de Aguas faculta a la Dirección General de Aguas a paralizar obras o labores que se ejecuten en los cauces naturales de aguas corrientes o detenidas que no cuenten con la autorización competente y que pudieran ocasionar perjuicios a terceros uso público, cuestión constada para este caso en particular”.

Ríos precisó que la orden de paralización de faenas regirá hasta que la empresa fiscalizada presente en la DGA las autorizaciones de extracción de áridos respectivas, mientras que al término del proceso de fiscalización el Servicio MOP determinará las sanciones y medidas administrativas que correspondan, en el caso de constatarse infracciones al Código de Aguas.

Por último, la directora regional de Aguas destacó que las labores de extracción de áridos en cauces naturales de uso público generan una serie de impactos en el cauce mismo, así como en el entorno circundante, pudiendo además afectar obras de captación o infraestructura pública, de ahí que deben estar previamente autorizadas por la Dirección de Obras Hidráulicas del MOP, el municipio de Constitución y en este caso, también por la Capitanía de Puerto, por ser la zona navegable.

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