Ministerio de Obras Públicas decreta escasez hídrica en la provincia de Petorca
Medida busca asegurar el abastecimiento de agua potable para la población e implementar medidas de emergencia para apoyar a la ciudadanía afectada por la sequía.
22-04-2015 16:00:00 Dirección General de Aguas
El Ministro de Obras Públicas, Alberto
Undurraga, firmó el decreto que declara zona de escasez hídrica por un período
de seis meses a la provincia de Petorca, compuesta por las comunas de Petorca,
la Ligua, Cabildo, Zapallar y Papudo, en la
Región de Valparaíso.
La medida se toma tras la constatación de
parámetros hidrológicos deficitarios en la zona señalada y tiene una duración
de seis meses con el fin de asegurar el abastecimiento de agua potable para la
población así como la posibilidad de implementar medidas de emergencia para apoyar
a los agricultores afectados por la extensa sequía que afecta a esa parte de la
región.
Además de estas comunas, otros 17 municipios
de la región están bajo decreto de escasez hídrica: Los Andes, San Esteban,
Calle Larga, Rinconada, Nogales, La Cruz, Hijuelas, La Calera, Quillota,
Santa María, Catemu, Olmué, San Felipe, Llayllay, Panquehue, Limache y Concón.
ATRIBUCIONES
De acuerdo al Código de Aguas vigente, y al
no haber acuerdo entre los usuarios de las fuentes de agua superficiales y
subterráneas de la zona para redistribuir las aguas, el decreto faculta a la
Dirección General de Aguas de Obras Públicas (DGA) para distribuir las aguas
disponibles en las fuentes naturales, con el objeto de reducir al mínimo los
daños derivados de la sequía. Igualmente, podrá suspender las atribuciones de
las Juntas de Vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes
naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez.
La DGA también podrá autorizar extracciones
de aguas superficiales o subterráneas desde cualquier punto, sin necesidad de
constituir derechos de aprovechamiento de aguas y sin la limitación del caudal
ecológico mínimo establecido en el Código de Aguas.
Además, la medida establece que en las
corrientes naturales o en los cauces artificiales en que aún no se hayan
constituido organizaciones de usuarios, la DGA podrá, a petición de terceros,
hacerse cargo de la distribución en las zonas declaradas de escasez.
En la práctica, la dictación de este decreto
implica que en dicha comuna las autoridades podrán analizar y decidir las
medidas tanto de alcance local como regional pertinentes, comenzando con las
resoluciones en que se autorice a la Dirección de Obras Hidráulicas del MOP a
hacer sondajes y a extraer aguas de pozos de emergencia, especialmente aquellos
vinculados a sistemas de agua potable rural, para apoyar la provisión de
agua potable a la población afectada, además de los procedimientos que pueden
adoptar otros organismos del Estado para mitigar los efectos de la escasez
entre los agricultores de la zona.
Actualmente, 14 comunas de la región de
Coquimbo y seis municipios de Copiapó también cuentan con decretos de escasez
vigente.