MOP Decreta Escasez Hídrica en 13 comunas de la región de Coquimbo
Medida busca asegurar el abastecimiento de agua potable para la población e implementar medidas de emergencia para apoyar a los usuarios de agua afectados.
11-08-2014 21:00:00 Dirección General de Aguas
El
6 de agosto fue firmado por parte del Ministro de Obras Públicas, Alberto
Undurraga, el decreto que declara zona de escasez hídrica por un período de seis
meses, a distintas comunas de la Región de Coquimbo, con el fin de asegurar el
abastecimiento de agua potable para la población e implementar medidas de
emergencia para apoyar a los agricultores afectados por la extensa sequía que
afecta a esa región.
El decreto de escasez abarca las
comunas de La Higuera, La Serena,
Coquimbo, Paihuano, Vicuña, Río Hurtado, Ovalle, Punitaqui, Combarbalá,
Illapel, Los Vilos, Canela y, conforme a lo
solicitado en el mes de julio por la Intendenta regional y en base a la constatación
por parte de la DGA de condiciones hidrometeorológicas que sustentan la medida.
De acuerdo a lo establecido en el
Código de Aguas vigente, en virtud de
esta declaración, y no habiendo acuerdo entre los usuarios de las fuentes de
agua superficiales y subterráneas de la zona para redistribuir las aguas, la
Dirección General de Aguas del MOP podrá distribuir las aguas disponibles en
las fuentes naturales, con el objeto de reducir al mínimo los daños derivados
de la sequía. Igualmente, podrá suspender las atribuciones de las Juntas de
Vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que
estén comprendidas dentro de la zona de escasez.
La
DGA también podrá autorizar extracciones de aguas superficiales o subterráneas
desde cualquier punto, sin necesidad de constituir derechos de aprovechamiento
de aguas y sin la limitación del caudal ecológico mínimo establecido en el
artículo 129
del
Código de Aguas.
La
medida establece además que en las corrientes naturales o en los cauces
artificiales en que aún no se hayan constituido organizaciones de usuarios, la
Dirección General de Aguas podrá, a petición de terceros, hacerse cargo de la
distribución en las zonas declaradas de escasez.
En la práctica, la dictación de este
decreto implica que en estas comunas las autoridades podrán analizar y decidir
las medidas tanto de alcance local como regional pertinentes, comenzando con las
resoluciones en que se autorice a la
Dirección de Obras Hidráulicas del MOP a hacer sondajes y a extraer aguas
de pozos de emergencia, especialmente aquellos vinculados a sistemas de Agua
Potable Rural (APR) para apoyar el abastecimiento de agua potable de la
población afectada, además de los procedimientos que pueden adoptar otros
organismos del Estado para mitigar los efectos de la escasez entre los
agricultores de la zona.
Cabe
recordar que actualmente hay cuatro decretos similares en el país, en la zona
de Petorca y La Ligua, además de 24 comunas de la región Del Maule, a causa de
la escasez hídrica constatada en la zona centro y centro norte de Chile.